El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha rechazado el recurso de una mujer condenada a doce años y medio de prisión por intentar asesinar a su exmarido con una chocolatina envenenada con raticida. La decisión judicial confirma la sentencia dictada en mayo de 2025, meses antes de que la misma mujer fuera detenida nuevamente por atacar a la víctima con ácido corrosivo.
La Audiencia Provincial de León condenó a la mujer el 12 de mayo de 2025 por un delito de asesinato en grado de tentativa con agravante de parentesco. Los hechos se remontan a junio de 2020, cuando aplicó una dosis letal de talio a una chocolatina que entregó a su exmarido a través del hijo común de ambos.
El envenenamiento de 2020
La víctima ingresó el 30 de junio de 2020 en el Hospital Universitario de León por el empeoramiento de su estado. El 15 de julio tuvo que ser trasladado a la UCI del Complejo Asistencial Universitario de León por insuficiencia respiratoria que requirió intubación. Permaneció en cuidados intensivos hasta el 24 de agosto de 2020, con posteriores reingresos.
El hombre no recibió el alta hospitalaria hasta el 22 de enero de 2021, tras 705 días de recuperación. Las secuelas permanentes incluyen múltiples neuropatías periféricas, atrofia de los nervios ópticos y deterioro cognitivo. El 17 de noviembre de 2021 se le reconoció la incapacidad permanente absoluta.
Segundo ataque con ácido
El 15 de agosto de 2025, apenas tres meses después de su condena, la mujer atacó nuevamente a su exmarido en Jiménez de Jamuz (León). Le arrojó un líquido altamente corrosivo que le causó lesiones graves en cara, cuello y otras partes del cuerpo.
La agresora utilizó un traje de protección individual completo, capucha, gafas protectoras y guantes para ocultar su identidad. Días después del ataque, el entorno del herido y un organismo oficial recibieron amenazas anónimas de muerte.
La Guardia Civil detuvo a la mujer el 23 de octubre de 2025 en el marco de la operación 'Lapidem'. Quedó en prisión ese mismo mes acusada de lesiones graves, amenazas de muerte y quebrantamiento de medidas judiciales.
Las penas confirmadas
La sentencia confirmada por el TSJCyL impone a la mujer doce años y medio de prisión y la inhabilitación absoluta durante ese periodo. Además, tiene prohibido acercarse a menos de 200 metros de su exmarido, su domicilio o lugar de trabajo durante 22,5 años, así como comunicarse con él por cualquier medio.
También pierde la patria potestad sobre sus dos hijos comunes durante la duración de la condena. Debe indemnizar a su exmarido con 822.592,85 euros, más gastos médicos no cubiertos y costes de adaptación de la vivienda. La aseguradora Adeslas Segurcaixa recibirá 152.523,65 euros.
La defensa puede presentar recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Nota: Este artículo fue creado con Inteligencia Artificial (IA).



