El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a un hombre por quebrantar una orden de alejamiento, revocando la absolución que había dictado la Audiencia Provincial de Madrid. La Sala de lo Penal establece que contactar a la víctima a través de terceras personas constituye una violación de la medida de protección, sentando un criterio jurídico claro sobre estos casos.
El condenado se puso en contacto en 2021 con dos amigas de su expareja para transmitirles mensajes dirigidos a ella. Les pidió que le dijera: «Que deje el dispositivo en casa y quite la denuncia» y «Que quite la denuncia, para que pueda hablar las cosas con ella». Su objetivo era conseguir que se revocara la orden de protección que pesaba sobre él.
El Juzgado de Alcalá de Henares (Madrid) le impuso inicialmente una pena de siete meses de prisión y el pago de las costas procesales. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid le absolvió en apelación. El tribunal consideró que «son muchos los supuestos» en los que «es precisa una comunicación» a través de terceros «ya sean familiares, amigos o profesionales, sin que por ello pueda entenderse que el investigado incumple o quebranta la pena o medida de seguridad impuestas».
La Fiscalía recurre al Supremo
El Ministerio Fiscal recurrió la absolución ante el TS, argumentando que procedía «de una interpretación errónea» del Código Penal. La Fiscalía sostuvo que «la prohibición de comunicación impide todo contacto con la víctima por cualquier medio de comunicación». Además, recordó que estaba probado que «el acusado tenía prohibido comunicar con la mujer por cualquier medio o procedimiento, sin que haya razón alguna para excluir de esa prohibición la comunicación por medio de terceras personas».
El TS, bajo la presidencia del magistrado Andrés Martínez Arrieta, estimó el recurso de la Fiscalía y confirmó la condena de siete meses de prisión y costas. La Sala concluyó que «el contacto directo con amigas de su pareja para trasladarle unos mensajes, constituye un proceso de comunicación que infringe 'per se' la prohibición fijada en la resolución».
La sentencia clarifica la interpretación de las órdenes de alejamiento. Establece que cualquier intento de comunicación con la víctima, incluso a través de amigos, familiares o profesionales, constituye un quebrantamiento de la medida judicial.
Nota: Este artículo fue creado con Inteligencia Artificial (IA).



