García Ortiz sigue de fiscal pese a la condena del Supremo por filtración

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La fiscal general Teresa Peramato decide que García Ortiz puede seguir siendo fiscal (Imagen simbólica - Generada por IA) AI Generated Stock Image

La fiscal general del Estado, Teresa Peramato, ha decidido que su antecesor Álvaro García Ortiz podrá seguir siendo fiscal pese a su condena por el Tribunal Supremo. La decisión se basa en la interpretación del Estatuto de la Carrera Fiscal, que asimila el régimen disciplinario de los fiscales al de los jueces desde 2017, y limita la pena de inhabilitación únicamente al cargo de fiscal general.

García Ortiz fue condenado por el Tribunal Supremo por un delito de revelación de datos reservados relacionados con la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. La sentencia le impuso una pena de inhabilitación que el propio fallo delimitó al cargo de fiscal general. Este mismo lunes, García Ortiz se incorporó a la Sala de lo Social del Alto Tribunal a petición propia.

La Inspección Fiscal, dirigida por María Antonia Sanz, elaboró el decreto que rechaza la pérdida de la condición de fiscal. El texto argumenta que los tribunales «deben indicar en sentencia los empleos y cargos afectados por la inhabilitación, estando vedada cualquier extensión automática».

Base legal de la decisión

El Estatuto de la Carrera Fiscal establece en su artículo 46 que se pierde la condición de fiscal por «pena principal o accesoria de inhabilitación para cargos públicos». Sin embargo, una reforma de 2007 añadió un segundo párrafo al artículo 44 que permite al fiscal general sustituir la pérdida de la condición por una suspensión de hasta tres años «en los casos en que la pena no fuera superior a seis meses».

La exposición de motivos de aquella reforma expresaba que se pretendía adaptar para los fiscales la flexibilidad ya existente para los jueces. No obstante, la modificación omitió la referencia a «pena privativa de libertad», creando «una sensible diferencia entre las normas reguladoras de ambos estatutos jurídicos».

Interpretación desde 2017

El anterior fiscal de Sala jefe inspector, Fausto Cartagena, resolvió esta discrepancia en 2017 mediante una interpretación integradora que incorpora la referencia a las penas privativas de libertad del artículo 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. La Sala Tercera del Tribunal Supremo refrendó ese mismo año esta interpretación.

Según esta doctrina, es «cierto que quienes perteneciendo a la carrera judicial o a la carrera fiscal sean condenados por delito doloso solamente perderán necesariamente su condición si se les impone una pena privativa de libertad superior a seis meses». Si la condena no conlleva privación de libertad, el fiscal general o el Consejo General del Poder Judicial «pueden sustituir la pérdida de la condición de juez o de fiscal por la de suspensión de hasta tres años».

Sanciones económicas y próximos pasos

García Ortiz debe abonar una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros al empresario Alberto González Amador. La Unión Progresista de Fiscales (UPF), que presidieron tanto García Ortiz como Peramato, ha organizado una colecta voluntaria entre sus miembros para cubrir estos pagos.

La defensa de García Ortiz planea recurrir la condena ante el Tribunal Constitucional. Peramato ha manifestado públicamente su apoyo al fiscal condenado en sus comparecencias ante la Comisión de Justicia del Congreso y durante su discurso de toma de posesión.

Nota: Este artículo fue creado con Inteligencia Artificial (IA).

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